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Reforma del límite para Planes de pensiones – IRPF

Como sabemos, Hacienda nos permite deducirnos cada año en la declaración del Impuesto de las Personas Físicas (IRPF) las aportaciones anuales que hagamos a los planes de pensiones.

En la publicación de los Presupuestos Generales del Estado nos encontramos con un cambio en el límite de reducción aplicable a las aportaciones a los sistemas de previsión social, donde se encuadran los planes de pensiones. Dicha reforma será aplicable a partir del 1 de enero de 2021.

Anteriormente se venía aplicando el límite máximo anual de reducción en base imponible de 8.000€. A partir de este año 2021, el límite ha descendido hasta los 2.000€ anuales. Todo lo que se aporte de más, lo podremos deducir en los 5 años siguientes, siempre sin excedernos del límite máximo. Sin embargo, existen una serie de situaciones que nos permiten modificar al alza dicho límite.

El límite de 2.000€ anuales se aumentará en 8.000€ adicionales, siempre y cuando procedan de aportaciones empresariales.

Las personas que su cónyuge no reciba ingresos por rendimientos del trabajo o por actividades económicas, o que, recibiéndolos, no superen los 8.000€ al año, podrán aportar 1.000€ más al Plan del que su pareja sea partícipe o titular. Además de las que realice a su propio Plan de pensiones.

Los contribuyentes con discapacidad también tienen su hueco en esta deducción. Las aportaciones que realice la persona discapacitada a su propio Plan tendrán un límite máximo de reducción de 24.250€. En cambio, si quien realiza las aportaciones al plan de pensiones de una persona con discapacidad es un tercero, el límite será de 10.000€ anuales adicionales a lo que aporte a sus propios Planes. Todo esto, sin que ambas aportaciones puedan excederse del límite de 24.250€.

Si desea conocer más acerca de esta reducción, no dude en dejar su comentario y le responderemos lo antes posible.

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